Glosario del conductor

ITV (Inspección Técnica de Vehículos)

También: inspección técnica · ITV obligatoria · revisión vehículo

Revisión técnica periódica obligatoria que verifica el cumplimiento de los requisitos de seguridad y emisiones del vehículo, regulada por el Ministerio de Industria a través de la Dirección General de Industria.

Actualizado el · Fuente: Real Decreto 920/2017 de Inspección Técnica de Vehículos · Cristian Corrales, editor independiente

La Inspección Técnica de Vehículos es el procedimiento obligatorio por el que cada vehículo pasa una verificación periódica de su estado técnico, su seguridad de circulación y sus emisiones contaminantes. Está regulada por el Real Decreto 920/2017 de inspección técnica de vehículos y por las directivas europeas 2014/45/UE y 2014/46/UE que armonizan el sistema en la Unión Europea. La competencia administrativa corresponde a las comunidades autónomas a través de la Consejería de Industria respectiva.

Los plazos de la ITV dependen de la edad y del tipo del vehículo. Turismos: primera ITV a los cuatro años desde la matriculación, después cada dos años hasta los diez años, y anual a partir de entonces. Motocicletas: primera ITV a los cuatro años, después cada dos años. Vehículos comerciales ligeros: bianual desde la primera, anual desde los cinco años. Vehículos pesados de transporte: anual desde la primera. Vehículos históricos catalogados con placa H: cuatrienal con régimen específico que reconoce el carácter patrimonial.

El precio de la ITV está liberalizado en algunas comunidades autónomas (Madrid, Cataluña, Aragón) y regulado en otras (Andalucía, Castilla y León, Galicia). En provincias con precio liberalizado oscila entre 25 € y 65 € según estación y vehículo; en las reguladas se mueve en torno a 35-45 € con tarifa oficial. A esta cifra se añade el coste del informe técnico medioambiental si la inspección incluye prueba de emisiones específica.

El resultado de la ITV puede ser favorable (etiqueta verde, próxima inspección en plazo normal), desfavorable con defectos leves (etiqueta verde con anotación, debe corregirse antes de la próxima ITV sin reinspección), desfavorable con defectos graves (etiqueta rojo, vehículo circulable solo hasta el domicilio o taller, reinspección obligatoria en plazo de 2 meses) o desfavorable con defectos muy graves (etiqueta rojo, prohibición de circular, inmovilización inmediata, retirada del permiso de circulación).

Circular con ITV caducada conlleva una sanción de 200 € sin descuento por aplicación del artículo 76.q del texto refundido de la Ley de Tráfico, y la aseguradora puede negar la cobertura del siniestro si en el momento del accidente la inspección no estaba en vigor y el defecto sin corregir guarda relación causal con los daños. Para minimizar el riesgo conviene marcar en el calendario la fecha de caducidad con al menos quince días de margen y pedir cita previa en lugar de presentarse sin reserva: las estaciones liberalizadas suelen tener listas de espera concentradas a final de mes.

Dónde aplica este término

Términos relacionados

  • Defecto leve (ITV)Anomalía detectada en la inspección técnica que no impide la calificación favorable. El conductor de…
  • Defecto grave (ITV)Anomalía detectada en la ITV que provoca calificación desfavorable. El conductor dispone de dos mese…
  • Defecto muy grave (ITV)Anomalía detectada en la ITV que provoca calificación negativa. El vehículo no puede circular hasta …
  • Vehículo históricoCategoría legal de vehículos con más de 30 años desde su primera matriculación declarados formalment…